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Los estatutos de la Cofradía de la Vera Cruz de Saviñán de 1922
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Rosario General del 14 de septiembre de 1948, acompañado por la Banda de Música de La Almunia (Foto: Florentino Nonay)
FRANCISCO TOBAJAS GALLEGO | Los Estatutos más antiguas conservados de esta cofradía datan de 1721, año en que fueron corregidos por el entonces presidente y beneficiado perpetuo de la parroquial de San Pedro, mosén Juan Jerónimo Pariente y Villalba, con comisión de las personas del poder, gobierno, prior y mayordomos de la cofradía.
Después de algunas adiciones y reformas de estos Estatutos, llevadas a cabo en 1765, 1816, 1834, 1857, 1887 y 1891, el cura ecónomo, mosén Vicente Enguita, debido al decaimiento de la hermandad, convocó a los vecinos desde el pie del altar a dos juntas, que tendrían lugar el día de Pascua de Resurrección y el 23 de abril de 1922, a las que asistieron un buen número de hermanos y aspirantes, que discutieron y aprobaron unos nuevos Estatutos para la cofradía, con treinta y cinco artículos.
La cofradía acompañaría a la reliquia de la Vera Cruz en el acto de bendición de los términos, el 3 de mayo, solemnizaría la fiesta de acción de gracias del 14 de septiembre y participaría en las procesiones de Semana Santa, conservando los pasos y los vestidos de las imágenes. Asimismo, estimularía la concurrencia a los entierros de los hermanos difuntos y al funeral del 15 de septiembre.
La cofradía se compondría de hermanos activos, hermanos suscriptores y hermanas. Los activos debían ser cabezas de familia y estaban obligados a servir los cargos que, por turno o por sorteo, les correspondieran, pagando el repartimiento anual. Los hermanos y hermanas suscriptores podrían ser de cualquier edad, no desempeñarían cargos y solamente estarían obligados a pagar el repartimiento anual. Todos debían asistir al funeral del 15 de septiembre y comprar y guardar en su poder una vela de cera. No era obligatorio, pero sí meritorio, acudir con la vela a las procesiones de Semana Santa y del Corpus, al rosario general del 14 de septiembre y a los viáticos y entierros de los hermanos.
Los aspirantes debían solicitar su ingreso al prior en cualquier tiempo del año, haciéndose efectiva su entrada en la junta del 15 de septiembre. No debían pagar cuota de entrada, sino la cuota que correspondiera pagar aquel año a todos los hermanos. El hermano fallecido causaría baja de la hermandad el día de su fallecimiento. Sus herederos no tendrían obligación de pagar la cuota de ese año. Los que cambiaran de residencia, causarían baja ese mismo día, si no manifestaban lo contrario.
El fallecimiento y funeral de un hermano, se anunciaría añadiendo al toque ordinario de duelo tres campanadas más. Para ello habría en la sacristía una lista de la hermandad, a disposición del campanero.
En la hermandad habría un prior y un suplente, cuatro mayordomos, dos lumineros, un abanderado y veinticuatro porteadores, para llevar las peanas que estaba encargada la hermandad, que eran: Vera Cruz, San Juan, la Oración en el Huerto, la Flagelación del Señor, Jesús con la Cruz a Cuestas y Jesús en el Sepulcro.
El prior debía presidir las juntas generales, resolver los asuntos ordinarios, hacer los cobros y pagos, guardar los fondos sobrantes, elegir al predicador, de acuerdo con el cura párroco, dándole alimentos y hospedaje, y contratar la música.
Los mayordomos acompañarían y ayudarían al prior en las festividades y en la colecta de aceite para la lámpara de la reliquia, manteniendo el orden y la compostura en las procesiones, yendo a cobrar por parejas a los hermanos morosos.
Los lumineros acompañarían a la reliquia con cirios o faroles en las procesiones de Jueves Santo, al llevar al Santísimo al Monumento, en la romería del 3 de mayo, en la procesión del Corpus y en el rosario general del 14 de septiembre, guardando los cirios en su poder.
El secretario inscribiría en los libros de la hermandad los acuerdos, las altas, las bajas y las cuentas anuales. Conservaría en su poder una copia de los Estatutos, la lista de los hermanos y las cuentas del último año. Los libros se custodiarían en el Archivo Parroquial.
El muñidor comunicaría los avisos a quien le ordenara el párroco, el prior o el secretario. Los porteadores llevarían las peanas, guardando en su poder las túnicas, limpias y arregladas. Cuando fuera necesario, la hermandad mandaría hacer a su costa túnicas nuevas. Los porteadores y el abanderado debían adornar la peana de la Vera Cruz y el estandarte rojo, tanto el día del Corpus, como en la fiesta del 14 de septiembre, costeando también ellos mismos los rollos y rosquillas, que quedarían en su propiedad.
Los cargos se elegirían por sorteo entre los hermanos activos que se prestaran voluntariamente. A falta de solicitantes, se sortearían entre los que no lo hubieran desempañado nunca o menos veces. Los cargos de secretario y muñidor podrían ser permanentes y retribuidos, a falta de voluntarios.
La junta general se celebraría el 15 de septiembre, después de la misa de funeral, en la sacristía de la parroquia o donde se anunciara. Cuando hubiera asuntos que tratar, se convocaría una junta extraordinaria.
El día 3 de mayo se saldría de la parroquia a las siete de la mañana, para dar la primera bendición en la explanada de la ermita de San Roque, continuando hasta la ermita de San Blas, donde se llevaría a cabo la segunda bendición desde la era. Seguidamente se celebraría la misa en la ermita. A las diez y media, después de almorzar y descansar, se emprendería el camino de regreso por el camino de Santa Bárbara, donde se llevaría a cabo la tercera bendición, llegando a la parroquia a medio día. A las tres de la tarde se celebraría un rosario en la parroquia, para después adorar la reliquia y repartir en la puerta la cera bendita.
En el libro de cuentas se apuntaba que se habían dado de baja ocho cofrades, por no estar conformes con la modificación de terminar la romería del 3 de mayo a medio día, en lugar de hacerlo al final de la tarde, como se venía haciendo desde muchos años atrás.
Para entonces se fijaba un presupuesto de 46 pesetas, para repartir entre la misa de San Blas, la misa y completas del 13 y 14 de septiembre, la misa de funeral del 15 de septiembre y el sermón. 150 pesetas irían destinadas a la orquesta, 25 pesetas a los refrescos para los músicos, mayordomos, lumineros y abanderados, 30 pesetas para la corrida de seis pollos, 5 pesetas para la cera en la misa de funeral y 50 pesetas para la reparación de peanas, imágenes, roquetes o túnicas y reposición de cera. Total 306 pesetas.
En caso de disolución de la hermandad, los efectos que le pertenecieran quedarían en propiedad de la parroquia y si quedase algún fondo, se destinaría a algún fin benéfico elegido por el prior y el párroco.
Los últimos Estatutos de la Cofradía de la Vera Cruz datan de 1998, en los que se quiso recoger el espíritu de los de 1721 y 1922.
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