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Álvaro López Asensio: 'Lo genuino y propio del derecho judío era su génesis religiosa'
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El historiador, teólogo y profesor de instituto Álvaro López Asensio
RICARDO GRASA. Jaca | Álvaro López Asensio, historiador, teólogo y profesor de los dos institutos de Jaca, acaba de publicar el libro titulado El derecho de los judíos en la Edad Media (Sefarad, Aragón y Calatayud), un trabajo de investigación que recupera el ordenamiento jurídico hebreo y el derecho externo que les impusieron los fueros, los concejos cristianos y la Iglesia. "Un libro único -según el autor- porque no existe otra publicación que aborde este tema con ejemplos y fuentes documentales del Medievo".
De hecho, "existen artículos puntuales que desarrollan la igualdad jurídica entre judíos y cristianos según las legislaciones forales medievales y las referencias documentales emitidas por los tribunales de justicia cristianos que han llegado hasta nosotros", pero "apenas hay trabajos que aborden en su conjunto el derecho hebreo propiamente dicho, como pretende este libro".
"Gracias al amplio soporte documental encontrado en los archivos de protocolos notariales, el archivo de la Corona de Aragón, procesos de inquisición a judaizantes y la responsa rabínica de medievales, no sólo hemos podido aproximarnos al derecho penal, civil y procesal de los judíos de Sefarad en la Edad Media, sino también a la estructura y variedad del derecho administrativo que utilizaron cuando la otra parte era cristiana: estructura de los instrumentos públicos notariales, contratos laborales, alquileres de todo tipo (casas, terrenos y tiendas), compraventas, explotaciones agropecuarias, etcétera", detalla López Asensio.
En su libro "también se describe cómo eran los tribunales hebreos y las competencias de los jueces aljamiales, así como el procedimiento judicial seguido en las causas entre judíos". "Los múltiples ejemplos de casos y sentencias documentadas lo hacen riguroso, único, creíble y fácil de entender", asegura.
"Los jueces judíos de Sefarad y sus tribunales se regían por un código legal y normativo propio que sentaba las bases en la Tanaj (Biblia hebrea), la Toráh (libro sagrado) y las prescripciones rabínicas contenidas en el Talmud y la Misná". Esos libros sagrados "configuraron en la Edad Media un ordenamiento jurídico hebreo propio", que se detalla en esta obra.
Entre final del siglo XIII y principios del XIV, "los judíos aragoneses pudieron usar los dos ordenamientos jurídicos: el hebreo y los fueros de Aragón" y "ello supuso que gozaran de más prerrogativas legales que los cristianos". Pese a este importante avance en las libertades, "los judíos no obtuvieron carta de ciudadanía plena por seguir siendo propiedad real".
"El análisis documental y las conclusiones de este trabajo de investigación ponen de manifiesto que lo realmente genuino y propio del derecho judío era, ante todo, su génesis y orientación religiosa. Todas las normas jurídicas que regulan la conducta del judío eran religiosas y viceversa. Todas las reglas éticas o rituales de su articulado poseen carácter de ley positiva. Esta coincidencia entre el sistema de derecho y el ético-religioso es una de las principales características de su ordenamiento", concluye.
Diario del Alto Aragón (9-10-2020)
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