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MOVIMIENTO OBRERO Y SINDICAL DURANTE LA II REPÚBLICA EN PARACUELLOS DE JILOCA
Álvaro López Asensio

Apéndice documental

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Paracuellos de Jiloca, 5 de Septiembre de 1931.

Primera carta remitida por el Ayuntamiento en la que se convoca a los patronos y obreros del pueblo con el fin de llegar a un acuerdo para los trabajos de recolección. A la reunión acuden 34 asistentes en calidad de patronos, firmando el acuerdo sólo 19 de ellos.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

"Se cita por la presente a los señores del Margen en calidad de Patronos para que comparezcan a la Casa Consistorial mañana seis de los corrientes, a las tres de la tarde para tratar y ver la mejor forma amistosa de poder llegar a un acuerdo con los obreros de la localidad sobre el jornal mínimo que deben ganar, en la inteligencia que de con el parecer les pagará el perjuicio que en derecho haya lugar, y se les hará responsables de todo cuanto reúna.

De quedar enteradas, se servirán firmar a continuación de la presente".

El Alcalde.

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Paracuellos de Jiloca, 14 de Noviembre de 1931.

Acta de compromiso entre el sindicato U.G.T., denominado Centro Obrero y 18 patronos del pueblo para fijar las bases de trabajo que han de regir la vendimia y la labranza de Yuntas.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

"Acta de Compromiso: En Paracuellos de Jiloca a 14 de Noviembre de 1931, se reunieron en la Casa Consistorial los abajo firmados unos por si y otros por mano ajena en calidad de patronos y obreros a presencia del Sr. Alcalde con el fin de tratar sobre la distribución de jornales y fijar bases de trabajo y una vez discutido suficientemente el asunto, llegaron a un acuerdo común lo siguiente:

- Que los patronos se comprometen y obligan a llevar todos cuantos jornales necesiten para sus faenas, de los afiliados al Centro Obrero U.G.T.

- Con respecto a las juntas de la hauza y cano, los dueños de las mismas podrán tener un obrero fijo por cada junta, salvo en el caso de que algo no tenga más de una junta y con alguna de ellas vaya encargado un hijo o familiar de la casa que entonces sólo podrá llevar un obrero fijo de fuera para la junta que hiciere falta, para que vayan al frente y cuidado de ellas, siempre que tales obreros fijos pertenezcan al centro U.G.T..

- Para los trabajos especiales podrán los patronos llevar peones especializados en los trabajos de que se trate, pero siempre de los afiliados al centro obrero.

- Será respetada en el trabajo la jornada máxima de ocho horas.

Y encontrando conforme lo expuesto anteriormente, se dio por terminado la presente acta firmando los asistentes. Firman 18 asistentes patronos en total.

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Paracuellos de Jiloca, 19 de Mayo de 1932.

Se pueden considerar estas bases de trabajo como un compromiso entre patronos y obreros, para establecer las bases de trabajo y jornales para el año 1932.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

- Se establece el tipo de jornal el de 75 céntimos por hora, no rebasando nunca la jornada las 8 horas.

- Quedan libres los trabajos de recolección de cereales y vendimia, los cuales se realizarán según costumbre, o como convengan los respectivos interesados, o sea patronos y obreros cobrando a razón de los 75 céntimos por hora.

- Se exceptúa o sea que queda como trabajo especializado lo que vayan encargados con una junta par las faenas que requieren con la misma, no pudiendo hacer uso del obrero que baja en tales condiciones su dueño para otros trabajos corrientes, excepto en el caso que dicho dueño, estuviere de viaje o cosa semejante, comprometiéndose los obreros facilitar al patrono que se encuentre en tales condiciones, el mismo peón especializado siempre que lo recuente para ir a cargo de la Junta aun cuando esté trabajando en otro sitio.

- No podrán emplearse mujeres para trabajos mientras hayan hombres parados, únicamente podrán emplear, las que sean viudas o las que sean cabezas de familia, fijándoles a 50 céntimos por hora.

- Quede retirado el oficio de huelga.

- Habrá en el Ayuntamiento tres listas de obreros parados etc.

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Paracuellos de Jiloca, 25 de Junio de 1932.

El primer documento oficial emitido por la Unión General de Trabajadores (U.G.T.) instaurada en Paracuellos, haciendo una propuesta de bases salariales y laborales.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

Unión General de Trabajadores: Bases de trabajo para la recolección de cereales que esta Sociedad Obrera presenta al examen y aprobación de los patronos agrícolas de esta localidad, por conducto de la Alcaldía.

- Mientras haya obreros agrícolas parados en el término municipal, no podrán emplearse en las labores agrícolas obreros de otros términos municipales, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto de 28 de Abril de 1931 y demás disposiciones legales sobre colocación obrera.

- La jornada durante la época de siega será la misma de años anteriores y tanto patronos como obreros se atendrán a los usos y costumbres establecidas en la localidad.

- El jornal mínimo será de 14 Ptas. Para los segadores a hoz y 15 Ptas. Para los segadores a machete. A cada segador, tanto de hoz como de machete, se le facilitará, por encima de los tipos de salario establecidos en estas bases, la cantidad de vino acostumbrada en años anteriores.

El Presidente.

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Paracuellos de Jiloca, 16 de Marzo de 1936.

Documento de la U.G.T., dirigido al Alcalde, en el que le transmiten la toma una serie de decisiones de tipo laboral, al mismo tiempo que propone la base salarial para limpia de acequias.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

Sr. Alcalde: esta Agrupación, convencidos de que los patronos no han de darles un jornal a ganar a ninguno que pertenezca a esta "entidad" como lo vienen haciendo hasta la fecha; y viendo que los individuos no pertenecientes a esta Agrupación se prestan a defender los intereses de los Patronos con notorio perjuicio para esta Agrupación; hemos acordado en sesión general lo siguiente:

- Que es Agrupación, no está dispuesta a ir a trabajar con ningún individuo que no pertenezca a nuestra Agrupación.

- El jornal que se persigue en los trabajos de las acequias será el de 6 pesetas, 80 céntimos.

En la inteligencia que de no ser atendidas las justas peticiones expuestas desde este momento queda planteada la huelga para dicho día.

El Presidente.

El secretario.
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Paracuellos de Jiloca, mediados de Junio de 1936.

La U.G.T. acuerda dos propuestas para la campaña de la siega en el monte. La primera son las bases generales que presentan a los patronos. La segunda es una contrapropuesta de arreglo. En el caso de que se llegase a un acuerdo loa patronos elegirían la propuesta segunda; en el caso de que no admitiesen ninguna propuesta se formalizaría la primera.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

Bases para la siega del monte:

- Se ganará 1`73 Ptas. por hora no rebasando la jornada de 10 horas.

- Para la vega segarán 2 Ptas. hora no rebasando las 10 horas.

- Para los demás trabajos a 1 Pta. hora siendo la jornada de ocho horas siempre respetando la bolsa de trabajo.

Caso de arreglo:

- Se ganará 13 Ptas. de jornal saliendo al trabajo a las horas de costumbre, descansando hora y media después de comer.

- Para segar en la vega 15 Ptas. con las mismas horas de costumbre descansando 2 horas después de comer.

- Para demás trabajos 6`10 Ptas. siempre trabajando la jornada de ocho horas respetando la bolsa de trabajo.

El Presidente.

El Secretario.

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Paracuellos de Jiloca, ¿19-20? de Junio de 1936.

Circular de la U.G.T. comunicando al Ayuntamiento la convocatoria a Huelga para el día 21 de Junio.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

Sr. Alcalde de Paracuellos de Jiloca: esta directiva denominada U.G.T. pone en conocimiento de ese Ayuntamiento que habiendo pasado el tiempo reglamentario de las bases presentadas y en este mismo día en Asamblea por unanimidad declaramos la huelga general el día 21 a las 24 horas. Por la directiva.

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Paracuellos de Jiloca, 1 de Julio de 1936.

Nueva propuesta de U.G.T. para concretar las bases laborales que determinen las condiciones de la siega.

AMPJ, documentación de 1936, legajo U.G.T.

La directiva de la U.G.T. acuerda con esta fecha presentar nuevas bases para los patronos que no han reconocido las bases:

- Segar en la vega 3 Ptas. hora.

- Segar en el monte 4 Ptas. hora.

- Los demás trabajos de 2 Ptas. hora.

- Yuntas 5 Ptas. hora.

Damos un plazo de 48 horas a partir de esta fecha.

La Directiva.

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Paracuellos de Jiloca, 18 de mayo de 1936.

Carta del Alcalde de Paracuellos dirigida al Gobernador Civil de la Provincia, notificando la creación de una nueva agrupación obrera denominada "Centro Republicano Independiente", y sugiriendo su no autorización.

AMPJ, documentos de 1936, legajo U.G.T.

"Con la siguiente sorpresa ha sido presentado en este Pueblo y Ayuntamiento un reglamento firmado por varios vecinos y autorizado por V. Para formar y constituir un Centro Político con el carácter de Republicano Independiente, y no puede tener tal carácter porque todos los elementos adheridos que los firman y lo han de componer son de significación derechista, reaccionarios y fascistas, dándose la circunstancia de que su domicilio social lo han fijado provisionalmente en el de un significado derechista.

Tenemos la evidencia plena de que el mencionado centro no tiene otra finalidad que fomentar la política derechista reaccionaria contraria al régimen republicano actual y causar conflictos laborales para perturbar la tranquilidad y el orden, dificultando a su vez la labor administrativa del Ayuntamiento, prediciendo con ello arrancar tristes y lamentables consecuencias.

Por eso vemos con satisfacción y agrado el que fuera prohibido su funcionamiento, a cuyo fin en nombre y representación de la corporación me dirijo a V. Rogándole tenga a bien retirar a dichos elementos la autorización concedida para la constitución y funcionamiento del mencionado centro, disponiendo la recogida de su documentación y declararlo fuera de la ley por el peligro que en actuación representa para la paz y tranquilidad públicas".

El Alcalde.

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