La Comarca de Calatayud
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LAS ORDINACIONES DE VILLALBA DE PEREJILES DE 1655
Álvaro López Asensio

Normas sobre los riegos y aprovechamiento de los recursos hidráulicos

En Villalba, al igual que en el resto de los pueblos que configuraron la antigua Comunidad de Calatayud, se implantó (posiblemente desde la dominación musulmana en la zona) un sistema de riego racionalizado llamado popularmente "exarbe" (ejarbe), y lógicamente la figura del "Exarbero" (Ejarbero).

Durante el verano, cuando los caudales de los ríos de la Comarca bajan hasta sus cotas más bajas, el agua se hace un bien escaso insuficiente para regar con regularidad y a placer. Por eso, desde siempre, ha existido la fórmula de regar a "exarbe" para aprovechar al máximo y de una manera ordenada el agua. Desde las cabeceras de los términos (cuando las acequias se prolongan del pueblo de arriba) o desde los comienzos de las azudes, se daba comienzo a un turno riguroso de riego con el fin de garantizar que el agua se rentabilice al máximo y se puedan regar todas las anegadas de una manera armónica. Concretamente en Villalba el comienzo del "exarbe" se establecía por sorteo, bajando el turno de riego hasta el final del término, pasando después a la cabecera para seguir de nuevo turno abajo.

El encargado de vigilar el estricto cumplimiento del turno ejarbado era el "Exarbero" quien, según las ordenanzas, tenía que denunciar a quien cortara el agua sin respetar el turno establecido.

Los regantes estaban obligados a no causar daños en las fincas colindantes una vez finalizado el riego, volviendo a echar "el agua al río varranco o desguacero donde no haga daño y esto se entienda assi en la vega como en los demas riegos". Respetar los Azudes donde nacían las acequias, no solo las que se encontraban en Villalba, sino las que hubiese en otros lugares del río Perejiles, bajo la pena de sufrir fuertes sanciones.

Las limpias de las acequias se hacían mediante pregón público indicando los plazos en los que finalizaban dichas limpias. Los regantes de cada una de las acequias se ponían de acuerdo para limpiarlas, estableciendo el sistema que más les convenía en aquellos momentos. Si transcurrido el plazo no se limpiaba total o parcialmente la acequia, el Procurador del Concejo imponía una sanción a los responsables y mandaba "hazerlas limpiar con peones a costa de los dueños de dichas acequias". Por otra parte, también se instituye que los regantes de la acequia de la Laguna tienen que limpiar necesariamente dicha acequia "cada año hasta el día de San Andres, con el mismo baremo de penas para el que no cumpliera la ordenanza".

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