Sentencia de Celada |
Fallo
de Fernando II de Aragón en el litigio entre Guillén
de Palafox y sus vasallos del señorío de Ariza. Fue dada
el 9 de mayo de 1497 en el lugar de Celada del Camino (actual provincia
de Burgos). En la Sentencia se advierte una preferencia por el señor
pero sin olvidar a los vasallos, como podrá deducirse en el análisis
de su contenido.
Intentaremos agrupar las
distintas clases de rentas debidas al señor con la indicación
de sus respectivos niveles cuando se expresen, según los tres órdenes
de fiscalidad (rentas
de carácter territorial, fiscalidad
de origen jurisdiccional y fiscalidad
regaliana) propuestos por Moxó, advirtiendo que no deben
de estar todas las rentas señoriales, como parecen sugerir las indicaciones
de que recibiría lo que
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acostumbraban los barones y señores
de lugares del reino de Aragón, además de los derechos justamente
adquiridos por él o sus antecesores.
En otro orden -"status" de
los vasallos-, dos datos interesantes: La revocación por parte
de Fernando el Católico de la disposición señorial
que prohibía contraer matrimonio a sus vasallos fuera de la villa
y tierra. También se dicta sentencia favorable a los vasallos en
el problema de su adscripción a la tierra: pueden salir del señorío
para habitar en otros lugares, con sus bienes y familias, siempre que fueran
del soberano, sin que el señor alcanzara a impedirlo.
La Sentencia de Celada, cuyo
carácter particular queda demostrado, eliminando así su valoración
para todo el reino, quedaba muy lejos de las reivindicaciones del sector
vasallático, ya que, según unos memoriales de 1491, lo que
perseguía la "villa de Ariza y sus aldeas" era la incorporación
a la Corona.
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